Existen dos categorías para los tequilas:
Tequila:
Cuya composición de acuerdo a la NOM es de por lo menos 51% de azúcares provenientes del agave y el resto de azúcares de caña o jarabe de maíz. Continuamente se utiliza el término Tequila Mixto para identificarlos, sin embargo de acuerdo a la norma el término está mal empleado y sólo se les debe llamara "Tequilas".
Tequila 100% puro de agave:
Composición total de azúcares provenientes de agave. Esto nos lleva a hacer una relación de los litros producidos por una piña o bola de agave. En promedio, se utilizan 3 kilos de agave por cada litro de tequila, y 6 kilos de agave por cada 100% del litro de la bebida. Tipos de Tequila:
De acuerdo a su proceso de maduración, los tequilas se clasifican en 5 variedades.
Tequilas blancos o platas:
Son tequilas transparentes, no necesariamente incoloros, que después del proceso de destilación continúan con el resto de las operaciones unitarias, sin pasar por el añejamiento de la madera.
Son tequilas transparentes, no necesariamente incoloros, que después del proceso de destilación continúan con el resto de las operaciones unitarias, sin pasar por el añejamiento de la madera.
Tequilas jóvenes u oro:
Son los tequilas resultantes de la mezcla de un tequila blanco con un reposado, añejo o extra añejo. También se le denomina joven al producto resultante de la adición de algún abocante al tequila blanco.
(Abocado: Proceso para suavizar el sabor del tequila mediante la adición de uno o más de los siguientes ingredientes:
Color caramelo, extracto de roble, glicerina, jarabe a base de azúcar)
Color caramelo, extracto de roble, glicerina, jarabe a base de azúcar)
Tequila reposado:
Producto susceptible de ser abocado y que se madure en pipones (contenedores de madera mayores a 600 litros) o barricas de roble, por un periodo mayor de 2 meses y menor a 12
Tequila añejo:
Producto susceptible de ser abocado, cuyo período de maduración en contacto directo con la madera, en barricas de roble o encino de hasta 600 litros. Deberá ser por lo menos mayor a 12 meses y menor a 36 meses
Tequila extra añejo:
Producto susceptible a ser abocado, cuya maduración en contacto directo con barricas de madera de roble o encino de hasta 600 litros, deberá ser de por lo menos 3 años.
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